150 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA " s curso de revisión por la- sentencia de la Suprema Corte y desprendidos de este tribunal los antecedentes, _el escrito presen- ° tado sólo procedió fuese considerado por.el Inferior (juez originario de la causa) que :es el que preside la ejecución de , la sentencia, ordenándose fuese remitido 4 dicho juez en no- > " ucia del interesado, habiéndose efectuado la revisión ordenada al juzgado de Pampa Central en 19 de agosto de 1905.
Es cuanto puedo informar á esa Suprema Corte. . .
Saluda atentamente al señor secretario. . o Joaguín Carrillo. .
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte: . .
La sentencia pronunciada por V. E. de abril 11 de 1905, en cuya virtud se hizo lugar al recurso de la revisión de la condena de doce años de presidio que anteriormente pesaba sobre 'el penado Juan José Agiiero y en que se resolvió que el reo completaría aquella con penitenciaría en vez de presidio, terminó con la jurisdicción de V. E. para conocer de tal revisión. Por otra parte en el caso ocurrente, el penado Agiiero no trae á conocimiento de V. E. por vía de apelación, ninguna causa de las comprendidas en el inciso 5 artículo 3 de la ley 4055, ni se trata de un nuevo recurso de revisión que, denegado .
por la competencia de V. El con arreglo al artículo 4 de la .
expresada ley en armonía con el artículo 551 del código de procedimiento penal. .
Tampoco se trata de un recurso de hecho, con arreglo á lo ..
establecido en los artículos 514, 515 y concordantes del citado código procesal, desde que no se funda, el recurrente, en dene-
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Año: 1908, CSJN Fallos: 109:150
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