mandante. Devuélvanse pura su cumplimiento y reposición nute el Inferior.
Pedro T. Sanchez —Jonquin Carrillo En disidencia. —Daniel Goytia.
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
La Empresa del F. C Buenos Aires y Rosario, interpone recurso extraordinario contra la sentencia ((s.) de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, en el juicio que le ha seguido doña Manuela Castro Leston por indemnización de doños y perjuicios por la muerte de su esposo don Rosendo Castro.
Ampaárase la dicha Empresa para traer el recurso, en el ar.
tículo 6° de la ley 4055, y encaja el caso dentro del inciso %' del artículo 14 de la ley 48. por considerar que la interpretación y uplicación que el mencionado tribunal da y hace de los artículos 55 y 72 de la ley de FC. C. Nacionales, es injusta y contraria ú los derechos y exenciones que la compañía ha hecho valer en su mérito.
Pienso que el recurso de que se trata, no procede, por cuanto no se ajusta al texto de la disposición citada de la ley 48.
En primer lugar, nose han discutido en momento alguno, los derechos y exenciones que la Empresa tenga ó pueda tener con arreglo ú la ley de ferrocarriles vigente. La actora sólo ha sostenido, con la oposición de la empresa, su derecho ú la indemnización de los daños recibidos, por la muerte de su esposo, y sobre ello se han pronunciado, sin tucar para nada,
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Año: 1908, CSJN Fallos: 108:165
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