FALLO DE LA SUPREMA COWTE
Puenos Afres, Noriembre 2 de I9U7.
Autos y Vistos: Del presente sumario de prevención remitido á esta Suprema Corte por la Policia de la Capital, resulta que el hecho que lo moliva ha sido cometido, el dia 17 de Setiembre próximo pasado per José Wamsen, de la servidumbre del señor Ministro, de S. M. Imperial y Real de Austria Mungria en la casa situada en la calle General Guide núm, 393 ocupada por esu legación, Que detenido el inculpado por la policia, fué puesto ú disposición del señor Ministro el que en su nota fecha 21 de Setiembre dirigida al jefe de aquella repartición, le comunica que habiendo despedido de su servicio al súbdito antriaco Jusé Wamsen, este ha dejado de perlenecer á la servidumbre de su legación y que al misino tiempo pone á la disposición del señor Comisario el arma y demús objetos comprobantes del suceso (f. 6).
Que posteriormente en 27 de Setiembre, la legación envia al Comisario los protuculos levantados por el consulado y manifiesta que Y Considerando: 1" Que según el artículo 21 del Código de Procedimiento en lo Criminal, la Suprema Corte Nacionel conocerá originariamente de las causas criminales concernientes ú embajadores, ministros ó agentes diplomáticos extranjeros; á las personas que compongan la legación, á los individnos de su familia ú servidumbre del modo y en los casos en que una Corte de
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Año: 1907, CSJN Fallos: 107:398
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