el punto que señala con una E. en su plano úá 397 m. 90 cent, desde el punto A. situado en la Casa Amarilla (esquina con frente á General Brown), dando así por ese costado 456 v. más ó menos al terreno de la señora de Arkerley dentro de bañados que las ayuas cubrían en las altas mareas ordinarias (anexo núm, 5), Expuestos estos antecedentes, agrega, de los que resulta, que el terreno de la señora de Arkerley comprendilo dentro de las zanjas marcadas en su título como límite no tenía mas que 281 varas de fondo de Oeste á Este por el costado Norte y de 166 v. por el costado Sud entra á explicar y fundar—transcribiendo al efecto parte del informe presentado judicialmente por el ingeniero O. E. Willinms— cómo el ingeniero Oyúela, haciendo caso omiso de los antecedentes de hecho y de derecho del título de Arkerley, extendió ese terreno ha'n darle un fondo de 756,93 m. por el costado Norte y de 751,77 m. en el del Sud, creando así un titulo ficticio de propiedad á favor de la señora de Arkerley sobre 18,531.11,35 m.? tomados en terrenos que formaban antes el lecho del río de la Plata, y que si se encontró en seco, era debido ú las obras emprendidas por la nación tres años atrás con el objeto de dotar á esta ciudad del puerto que tiene hoy á su frente y por cuya razón esos terrenos eran de hecho y de derecho del Estado, Que no siendo una mensura otra cosa que el trazado gráfico en el terreno de la extensión y límites de una propiedad determinada, los agrimensores no están nutorizados á salir de los límites asignados en los títulos de propiedad, ni á cambiar la dirección ide las lineas naturales ó artificiales que sirvan de límites á la propiedad.
Que estableciendo el título originario de la señora de Arkerley el de lu venta hecha por Fray Manuel Alvariño ásu señor padre don Mateo Reid, que el terreno que le vendia de
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Año: 1906, CSJN Fallos: 105:368
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