10 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE
E AUTO DEL JUEZ DE SECCIÓN DÉ ENTRE RIOS
Paraná, Julio 31 de 190 1 Vistos: De los nutos enratulados «Langunseo D. Rogue contra | Dámaso Ojeda, cobro de pesos», que se tramitan en este E Juzgado, consta que por demanda ejecutiva del primero con tra el segundo, el juzgado ordenó la venta en remate público ñ de un campo embargado ú dicho Ojeda, siendo comprador Eo del mismo como más alto postor, el ejecutante Lanyunsco, E fs. 152. Decretado vista ú las partes, de esa operación, así Y como ide la cuenta del rematador y gastos, y no habiendo | aquellas manifestado disconformidad, el juzgado dictó auto aprobatorio ordenando que prévia oblacion del precio se otorgase la escritura de venta, fs. 153 Posteriormente, ú pedido del comprador, el juzgado mandó dar la posesión del campo vendido, cometiendo la diligencia al Juez de Paz de San José de Feliciano y mandando ála vez, se notificase á los arren datarios que existiesen, ú efecto de que presentaran sus conU tratos de arrendamiento para traseribirlos y para que y expresasen las cláusulas y condiciones, si no fuesen escritos, fs. 220.
Antes de que fuese cumplimentado el decreto ordenándose
L dar la posesión al comprador, entablóse por don Benjamin EF.
i Gulea interdicto de retener parte del referido campo ante el Juez de 1" Instancia de Concordia. Promovida enestión de 8 competencia para entender en dicho interdicto, la Suprema y Corte decidió declarando la de éste Juzgado para conocer de | él, por resolución de fecha Marzo 11 del corriente año, notificando al representante de Gadea en 14 del misino mes; sieny do enseguida devueltos los autos, En 22 de Muyo siguiente, á solicitud del comprador Lan|
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Año: 1906, CSJN Fallos: 105:10
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