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CAUSA XXXI
Ferrocarril Central Argentino contra la Municipalidad del Rosario, sobre inconstitucionealidad de impuesto y devoheción de dinero, Sumario. —1° El congreso haciendo uso de la facultad que le acuerda el inciso 15 del artículo 67 de la Constitución, ha exonerado la empresa del Ferrocarril Central Argentino por el artículo 47 de la ley de 23 de Mayo de 1563, no solo de los impuestos nacionales, sino también de los provinciales y municipales, no siendo, de este punto de vista, inconstitucional la referida ley. La empresa del Ferrocarril Central Arzentino puede repetir el importe de los impuestos pagados ú la Municipalidad del Rosario, únicamente desde la fecha en que hubiere protestado de los mismos.
Y Es improcedente la recusación deducida contra los minis tros de la Suprema Corte después de la conclusión del pleito y sin haberse observado las formalidades impuestas por la ley.
Caso —Lo explican las piezas siguientes:
SENTENCIA DE? JUEZ DE SECCIÓN DEL ROSARIO
Hosario, Mayo 19 de 190.
Autos y Vistos: los seguidos por la empresa del Ferrocarril
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Año: 1906, CSJN Fallos: 104:96
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