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Fallos: 104:59 de la CSJN Argentina - Año: 1906

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Caso:—Resulta del siguiente.


FALLO DK LA SUPREMA CORTE
luenos Aires, Marzo 31 de 1905.

Y Vistos: Los seguidos por los señores Hoffmann y Stocker contra la Provincia de Buenos Aires por cobro de un trabajo tipográfico, de los que resulta, Que el demandante dice que el cedente de su crédito recibió orden del Juez de Paz de Lomas de Zamora, parn que procediera ú la publicación del Registro Cívico Nucional del Partido.

Que el Juez de Paz le ordenaba la publicación en vista de un telegrama del ministerio de Gobierno, en que le decia que la cuenta debia elevarse al ministerio y que ú mérito de tal orden, procedió ú la publicación por series en número de nueve. Que terminado el trabajo, presentó su cuenta al ministerio y que previo un trámite de varios meses se le reguló en $ 5.902 la suma que debia pagarsele, no obstante lo cual, no consiguió se le abonen en títulos de 6 ,/' en su justo equivalente, Que si alega la demandada que no le corresponde el pago, por tratarse del Registro Cívico Nacional que debe ser pagado por la Nación, ¿porqué la provincia ha abonado ese trabajo por otras partidas en virtud de que existe uva declaración del Gobierno de que á la provincia le corresponde hacerlo?.. Pide costas é intereses.

Que la provincia demandada, por medio de su representante, contesta que los hechos alegados tienen plena justificación en el expediente acompañado á la demanda, pero que quien debe abonar lo cobrado es el Gubierno de la Nación, y nóel dela Provincia, porque se trata del Registro Civico Nacional pa

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Año: 1906, CSJN Fallos: 104:59 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-104/pagina-59

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