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Fallos: 104:405 de la CSJN Argentina - Año: 1906

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antigua guía de tránsito, aun cunndo se haya pretendido des= tigurarle, dándole otra apariencia. , Terwiua pidiendo se declare la inconstitucionalidad del impuesto y se condene al gobierno de la provincia, ú la devolución de la suma pagada por dicho concepto, con sus intereses, yal pago de las costas del juicio. ! Contestaudo la demanda, dice el representante del deman= dado: Los documentos presentados, se relieren 4 actos de co- | mercio interuo de la provincia y todos ellus excepto el de fa. 3, i son guías de campaña, que solo acreditan que los proluctos en — ellas mencionados, pertenecen ú la persona para quien se han -— expedido E La Corte, uo ha declarado inconstitucional la ley de impues- — to ú lu producción, que exije el pago previo del impuesto para 3 expedir la guía de campaña que autoriza la circulación de | los productos dentro del territorio de la provincia. q Tanto la guía somo el certilicado de fs. 3, uludeu ú actos del | comercio interuo y suponiendo exacto lo dicho en la demanda a el hecho de que esos productos hayan sido luego exportados y no quiere decir que el gravámen recuyó subre el acto de la | exportación. , í El demandante uo acompaña testimonio de la protesta, que ij aticma baber formulado y que esta solo puede dar lugar ú la 4 devolución del impuesto que fuera ilegal, cuando hubiese sido ; notilicada úlos funcionarios encargados de su percepción. 38 Niega lus aseveraciones de la parte actora y pide el rechazo —| de la demauda con costas. | Ol el señor Procurador General, se recibió la causa ú prue- | ba, y agregada lu producida. aleguron las partes sobre su mérito, y se llamó autos para sentencia; 5 Y Considerando: | Que en el certilicado de fs. U8, se dice que el representante de | la sociedad anónima «La Blanca», otorgó essritura de protesta 4 |

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Año: 1906, CSJN Fallos: 104:405 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-104/pagina-405

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