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Fallos: 103:440 de la CSJN Argentina - Año: 1905

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este último contra don Marcelino Ugarte por el delito de E corrupción electoral y otros conexos ú V. E. como mejor proceda digo:

19 Que pido á V. E. se sirva mandar se me tenga por parte en este proceso, en mérito del poder que en testimonio y en legal forma exhibo, constituyendo domicilio legal en mi estudio calle de Reconquista núm. 67.

2" Que fecho se sirva V. E, disponer sea citado el reo mediante exhorto al señor Juez Federal de la ciudad de La Plata á fin de que comparezca ante V. E. el dia y hora que se sirva designar, para que conteste esta querella Todo sin mas sustanciación, que Es justicia, etc.

Antonio C. Frers
DECRETO DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Agosto 14 de 1905.

En lo principal; al primer punto téngasele por parte en mérito del testimonio de poder presentado y por constituido el domicilio que se indica; al segundo: atento lo dispuesto en el art. 9' de la ley 4578, no ha lugar; al otro si como se pide.

Astigueta.


AUTO DE LA CÁMARA FEDERAL
Buenos Aires, Octubre 9 de 1905, Y vistos, para resolver los recursos interpuestos en el eserito de fs. 24 contra el auto de fs. 22 vta.

Y Considerando:

1" Que el art. 9 de la ley núm. 4578, impugnado en su se

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Año: 1905, CSJN Fallos: 103:440 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-103/pagina-440

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