294 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Que entablada esa denuncia de tierras fisenles por el señor Dominguez y con motivo de un recurso traido ante la Suprema Corte, este tribunal dictó una resolución con fecha 5 de Abril de 1901, en que establecía que la exigancia de forinalizar oposición á una mensura como la de que se trataba, no importa constituir al poseedor en demandante bastándole consignar los fundamentos de su protesta á fin de que en vista de ellos se halle habilitado el denunciante para promover las acciones que crea conducentes, fojas 143 del expediente referido. Que como se ve de esas actuacciones y de lo dicho anteriormente, no se trata en este caso de un juicio posesorio ó petitorio, en que el denunciante pretenda derechos propios de posesión ú propiedad sobre los terrenos dentinciados y que para recuperarlos tenga Olivera la necesidad de entablar de manda, Se trata solo de hacer saber al denunciante que hay terceros que se creen propietarios de esos terrenos fundados en los títulos y derechos que en esa oposición deben enunciarse á fin de que este con conocimiento de esos derechos pueda de
FALLO NE LA SEPREMA CORTE
Buenos Aires, Diciembre 23 de 1905 Y Vistos: en el recurso de hecho deducido por don Francisco D. Olivera de la resolución dictada en las netuaceio nes practiendas ante la justicia local de Ia Provincia de Santiago del Estero, con motivo de una denvacia de tierras fiscales, hrehn por don Remigio Domingnez; cuya resolución consta á fojas 165 del »
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Año: 1905, CSJN Fallos: 103:294
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