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Fallos: 103:184 de la CSJN Argentina - Año: 1905

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PALLO DE LA SUPREMA CORTE j Buonos Aires, Noviombre 19 de 1905, e Y Vistos:

Don Héctor Dellepiane entabla demanda ejecutiva con las o letras de fojas 2 y 3 contra la Provincia de Santa Fe, por la F suma de diez mil pesos nacionales, sus intereses y costas, exponiendo:

| Que dichas letras le han sido transferidas por Don Pedro G.

| Molina, quien las hubo de Don Tomás Burbridge y éste de Don Osvaldo T. Molina, mediante endoso en blanco antes de E su vencimiento, según las escrituras de protesto y cesión que y acompaña.

| Que con arreglo ú lo dispuesto en los artículos 979, inciso 5 l del Código Civil y 24) del Código de Procedimientos, las le | tras de que se trata son instrumentos públicos y traen apahh rejada ejecución.

Que acreditado que los mencionados Don Tomás Burbridge Don Pedro G. Molina, y Don Héctor Dellepiane eran vecinos L de esta capital, se libró mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada, Que no habiéndose verificado el pago en el acto de la intimación, se mandó trabar embargo en los fondos que como sobrantes del ejercicio de 1903 existían en la tesorería de la provincia demandada.

Que ú fs. 29, el Señor Gobernador de Santa Fe manifestó que no había el sobrante denunciado, y posteriormente con motivo del oficio de fs. 43, se dipositaron en el Banco de la Nación Argentina diez y siete mil pesos ú la orden de esta Corte, expresándose que ellos correspondían dá las rentas de 1901 y estaban afectados á los servicios urdinarios de la administración.

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Año: 1905, CSJN Fallos: 103:184 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-103/pagina-184

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