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Fallos: 102:438 de la CSJN Argentina - Año: 1905

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"us FOlos OE La EPREMA CORTE du
A PALLO DE LA SUPREMA CORTR
Baenos Aires, Septiembre 25 de 1905.

4 Vistos estos autos:

E La sociedad anónima «Las Palmas Produce C- Ltd.» deHT manda á la Provincia de Buenos Aires, pidiendo se le condeE DE á la devolución de la suma de $ 2138.65 m/n, que hu pae gado en concepto de impuesto á In producción, ú que se relie ren los dorumentos que acompaña. Pide, también, el pago | de los intereses 4 contar desde la fecha de la percepción del 1 impuesto y el de las costas del juicio.

e Como fundamento de su demanda, expone: - que la ley de u la provincia que grava la producción, sancionada eu 5 de Euer ro de 1903, no consagra expresamente, en ninguna de sus 5 disposiciones, el impuesto ú los cueros ovinos frescas, ¡pues E al detallarse minuciosamente (art. 1) la escala de valores en 4 estampillas que se deben uplicar á los distintos productos 1 que enumera, nu se encuentran los sub-productos sobre lus f que se ha exigido imperativamente y con apremio, el pago N del impuesto de que se trata, Y Que el silencio guardado por la ley sobre estos sub-producí tos, como sobre otros que tampoco enumera, revela un pro0 púsito de protección ú determinadas industrins que conviene estimular, ú lin de contribuir á su mayor desarrollo, y que Ax si alguna de estas industrias necesita de ese estímulo para raE dicarse en el país, es, especialmente, la de la curtiembre de r cueros, por la gran producción de estos fentos y la necesidad O ereciente de su aplicación.

Que aun suponiendo que fuera otra la causa por la que se ha omitido la enumeración de los cueros ovinos frescos en el detalle que se contieue eu el urt, 4" de la refecida ley, el PuA dt

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Año: 1905, CSJN Fallos: 102:438 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-102/pagina-438

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