Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 102:435 de la CSJN Argentina - Año: 1905

Anterior ... | Siguiente ...

DE JUSTICIA NACIONAL 435 gos, hasta el día en que el comprador entró en posesión de la parte disponible, y además, desde esta fecha por los que co.

rrespouden ú la'parte del precio del terreno que dejó de entregurse.

ti" Que por lo que hace ú los duños y perjuicios, es de tenerse presente que no se hau comprobado los extremos legales establecidos por los arts. 506, 508 y 511 del Código Civil y la jurisprudencia de esta Suprema Corte al respecto, por lo que corresponde declarar la improcedencia de esta condenación. ( tomo 31 pág. 75 ).

Por estos fundamentos, se declara que el gobierno de la provincia demandada está obligado á devolver al doctor Luis M. Pueyrredón, dentro del término de diez días, el importe proporcional del precio de la fracción del campo vendido que ha dejado de entregarle, con el interés correspondiente, al tipo de los que cobra el Banco de la Nación en sus descueutos, en la forma expresada en el considerando 5", nbsulviéndosele de las demás condenaciones solicitadas.

Notifíquese con el original, y repuestos los sellos, archívese.

A. Brazo. — Octavio Brsar.— Nicanor G. DEL Sonan —C. MoYANO CGacirTúa,

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

69

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1905, CSJN Fallos: 102:435 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-102/pagina-435

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 102 en el número: 435 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos