CAUSA IL | El Fisco Nacional contra el Ferro-Carril del Sud, por defran«lución 1 Sumario. —La sanción establecida en el decreto de 5 de Mayo de 1551 no es aplicable á la venta de materiales de construcción hecha por un ferro carril después de haber tenado éstos el objeto para que fueron introducidos y haber quedado inutilizados para el mismo, y efectuada con anterioridad ú la ley de 20 de Noviembre de 18H, Caso. — Resulta de las siguientes piezas.
SENTENCIA DEL JUEZ FEDENAL
Buenos Aires, Marzo 4 de 1902, Y Vistos:
Estos autos seguidos por el Sr. Procurador Fiscal contra la empresa del Ferro-Carril del Sud por defraudación ú la renta pública, A Y Considerando:
Que los cargos formulados por D. Evaristo Moreno contra $ el Ferro-Carril del Sud por haber enagenado materiales destinados ú la construcción y explotación de sus linens, que se habíun introducido sin pagar los derechos de Aduana, sin dar cuenta á esta repartición como era su deber, se encuentran L) a
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Año: 1904, CSJN Fallos: 101:113
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-101/pagina-113
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