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Fallos: 10:28 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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CAUSA vV.

D. Serapio Segundo Ovejero contra D. Servando Escobar, sobre indemnizacion de daños y perjuicios.

Sumario.—10 El condenado por un delito no puede impugnar el hecho que lo constituye, ni su culpabilidad en el juicio civil que, despues del criminal, se siga por la indemnizacion de daños y perjuicios ocasionados por aquel.

20 Sin embargo puede en el juicio civil oponer las escepciones que no se espresan en el art. 37, tit. 8, sec. 2", lib. 2, del Cód. Civil.

3 En ese caso debe abrirse la causa á prueba, y es nula la sentencia que se dicte sin ese trámite esencial.

Caso.—D. Servando Escobar fué encausado ante la Justicia Nacional, y condenado por el delito de rebelion á pagar una multa de pfts. 600, á prestar servicio militar en la frontera por cuatro años, y á no poder ejercer empleos públicos por cinco años.

Concluido el juicio criminal, D. Serapio Segundo Obejero

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Año: 1871, CSJN Fallos: 10:28 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-10/pagina-28

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