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Fallos: 1:444 de la CSJN Argentina - Año: 1863

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Zapala defirió posiciones 3 Ruiz Huidobro, y este declaró que la primera vez que llegó a Mendoza fué el año de 1856,—que en ese año como hedero de su finado padre reclamó la posesion de la estancia denominada El Canijal,—que habia usado indistintamente el apellido de Ruiz y Ruiz Huidobro,—que la declaracion existente al reverso del documento de foja 3 no la escribió en Mendoza, —y que cuando reclamó los bienes de su padre era ya mayor de edad.

Ruiz Huidobro presentó testigos ; Don Leopoldo Zuloaga, Don Pedro Escalante, y Don Franklin Villanueva, declararon que en el año de 1843 Ruiz Huidobro tenia diez y seis ó diez y siete años y que Don Tiburcio Plaza y Don Jesus María Mayorga eran el uno tenedor de libros y el otro Inspector del colejio de Zapata.

Se alegó debien probado, y el Juez de Seccion dió el siguiente Fallo del juez Seccional, Mendoza, Octubre 19 de 1854.

Vistos: Don José del Carmen Luengo, como apoderado de Don Manuel José Zapata, natural de esta provincia, demanda a Don Ricardo Ruiz Huidobro, ciudadano chileno, por setecientos cincuenta y cuatro pesos tres y medio reales, como heredero y tenedor de los bienes de su finado padre, el general Don José Ruiz Huidobro, á quien su hijo Don Ricardo ha heredado, segun este confiesa 2 foja 37 vuelta. El valor demandado procede de gastos y suplementos hechos por Zapata d Ruiz hijo, durante su permanencia enel colejio que aquel tuvo en la capital de Santiago de Chile en años anteriores.

Tambien se incluye en el documento que motiva este litis, la suma de "100 pesos prestados por Zapata á la señora madre de Don Ricardo Ruiz Huidobro para socorrer ciertas necesidades, cen su última enfermedad.» El demandado se niega 2 satisfacer esta deuda de honor, apoyándose en varios argumentos que constan de su escrito, contestacion que el Juez no estima conducentes 4 la cuestion; salvo uno que es la nulidad del documento de foja 3, fundada en que cuando Don

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Año: 1863, CSJN Fallos: 1:444 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-1/pagina-444

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