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Fallos: 1:116 de la CSJN Argentina - Año: 1863

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trata únicamente del incidente sobre la fianza; por estos y por sus fundamentos, se confirma el referido auto que se registra 4 foja veinte y ocho vuelta, con costas, y satisfechas estas, devuélvanse.

FRANCISCÓ DE LAS CARRERAS.—SALVADOR María DEL CARRIL. — FRANCISCO DELGADO.—JosÉ Barros Pazos.

CAUSA XX.
Entre D. Antonio Zino y D. José Gladowich, capitanes de la barca «Adams» y del bergantin «Eyra» y la casa de comercio de los señores Brand Sohn y compañía, sobre descarga de un cargamento de carbon y pago de fletes.

Los referidos capitanes se presentaron, con fecha 17 de Febrero, de 1864, al Juez Seccional de la Provincia de Buenos-Aires, manifestando, que 4 cónsecuencia de un contrato de fletamento que celebraron en Lóndres con la casa W.N. de Mattos, se hallaban, desde hacia algunos dias en este puerto con un cargamento de carbon que debian entregar 4 la casa de Brand Sobn y compañía, en virtud de que, despues de haber salido de Inglaterra, se les avisó convenientemente que los conocimientos de la carga, que estaban extendidos a la órden, habian sido cedidos 4 estos señores, por los síndicos de la liquidacion de la casa de Mattos, que suspendió sus pagos.

Por estas circunstancias, agregan, que no son nada felices, y en vista de que en las pólizas de detamento se establece que hariamos un viage redondo desde Inglaterra hasta Montevideo ó Buenos-Aires, y de estos puertos 4 los de Inglaterra, debiendo pagarsenos una cantidad fija por cada tonelada de carga que tragésemos 3 Montevideo 6 Buenos-Aires, cualquiera que fuese, por otra parte, el número de las toneladas de carga que esportásemos en el viage de regreso ú

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Año: 1863, CSJN Fallos: 1:116 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-1/pagina-116

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