- Garantía exigida legalmente a estos fedatarios públicos como seguridad ante posibles responsabilidades que en el desempeño de sus funciones contraigan. "El notario, para tomar posesión de su oficio, constituirá en las Cajas del Estado en calidad de fianza, y como garantía para el ejercicio de su cargo, un depósito en títulos de la Deuda pública que produzca ana renta anual según las condiciones- de cada localidad o acreditará que la disfruta en fincas propias, rústicas o urbanas, y quedará suspenso cuando falten estas garantías hasta que las reponga" (art. 14 de la Ley esp. del Notariado).
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales