- Aquella en la cual el fiador se compromete a pagarle al acreedor lo que éste no pueda cobrar o conseguir del deudor. Las dos diferencias principales entre la fianza de indemnidad y la simple son éstas: 1* en la simple, el fiador se obliga siempre tanto como el deudor; en la de indemnidad, esa contingencia es muy remota por requerir la insolvencia total del primer obligado; 2* en la fianza simple, el acreedor puede demandar al fiador, antes o al mismo tiempo que al deudor, según los casos; en tanto que la de indemnidad lleva consubstancialmente consigo el beneficio de excusión (v.e.v.).
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales