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Fallos: 342:1547 de la CSJN Argentina - Año: 2019

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va de pesificación de los títulos públicos y el diferimiento de pago de la deuda soberana; mientras que, en el presente, la aplicación del régimen de consolidación permite —como sus propios términos lo indican— el cumplimiento parcial del laudo.

15) Que en tales condiciones, la sentencia apelada, en la medida en que admitió el reconocimiento y la ejecución de la decisión arbitral y consolidó los importes reclamados, no ha limitado la aplicación de ese régimen de orden público a los intereses devengados ni a la tasa de interés fijada. Por el contrario, difirió la determinación de la totalidad del monto de la condena a la etapa de ejecución de sentencia, lo cual resulta acorde al artículo 518, último párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , y permite resolver en el momento oportuno lo atinente a la expresión del capital a la fecha de corte, y todos los demás planteos postulados por el Estado Nacional.

Por ello, se confirma la sentencia apelada. Con costas por su orden, en atención a las particularidades de la cuestión debatida. Notifíquese y, oportunamente, devuélvase.

Horacio Rosattt.

Recurso ordinario interpuesto por el Estado Nacional - Ministerio de Economía y Finanzas (Caja Nacional de Ahorro y Seguro), demandado en autos, representado por la Dra. Marcela Alejandra Costa, en calidad de apoderada.

Memorial fundado por los Dres. María Alejandra Costa y José Alberto García, en calidad de apoderados.

Traslado contestado por Deutsche Rickversicherung AG, actora en autos, representada por el Dr. Lautaro Damián Ferro, en calidad de apoderado, con el patrocinio letrado de los Dres. Cristian A. Krúger, Jimena Vega Olmos y Juan Cruz Azzarri.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal — Sala III.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n" 2, Secretaría n° 4.

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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:1547 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-342/pagina-1547

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