ARTICULO 265 del C.C. Velez Argentina


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    ARTICULO 265 .- * Los hijos menores de edad están bajo la autoridad y cuidado de sus padres. Tienen éstos la obligación y el derecho de criar a sus hijos, alimentarlos y educarlos conforme a su condición y fortuna, no sólo con los bienes de los hijos sino con los suyos propios.


    Nota:265. L. 1, tí­t. 19, Part. 4ª. L. 9, tí­t. 2, lib. 10 Nov. Rec. La Ley romana decí­a: "Veluti erga Deum religio ut parentibus et patriae pareamur". LL. 4 y 5, tí­t. 3, lib. 25, Dig. y 4, tí­t. 2, lib. 27, í­dem, y 16, tí­t. 10, lib. 37 í­dem., Cód. francés, art. 203 y los demás Códigos modernos. ZACHARIAE, § 131. Y véase L. 7, tí­t. 2, Part. 3ª, y 13, tí­t. 7, Part. 6ª.



    Nota de Actualización:* Según art. 4, ley 23.264. Texto del Código Civil: Los hijos menores de edad están bajo la autoridad y poder de sus padres. Tienen éstos obligación y derecho de criar a sus hijos, elegir la profesión que han de tener, alimentarlos y educarlos conforme a su condición y fortuna, no sólo con los bienes de ellos o de la madre, sino con los suyos propios.

    Ver articulos: [ Art. 262 ] [ Art. 263 ] [ Art. 264 ] [ Art. 264 bis ] [ Art. 264 ter ] [ Art. 264 quater ] 265 [ Art. 266 ] [ Art. 267 ] [ Art. 268 ]
    ¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 265 con el Código Civil de Velez?

    Fallos de la CSJN relacionados al artículo 265 del Código Civil (Vélez Sarsfield)
    - Fallos: Tomo 315 - Página 2523
    - Fallos: Tomo 308 - Página 701
    - Fallos: Tomo 305 - Página 1831
    - Fallos: Tomo 285 - Página 292
    - Fallos: Tomo 330 - Página 655
    - Fallos: Tomo 330 - Página 1671
    - Fallos: Tomo 330 - Página 1678
    - Fallos: Tomo 330 - Página 1689
    - Fallos: Tomo 328 - Página 2871
    - Fallos: Tomo 328 - Página 2882
    - Fallos: Tomo 328 - Página 2893
    - Fallos: Tomo 311 - Página 592

    Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
    LIBRO PRIMERO
    - DE LAS PERSONAS
    >>
    TITULO III
    - De la patria potestad
    >>
    SECCION SEGUNDA
    - DE LOS DERECHOS EN LAS RELACIONES DE FAMILIA
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    También puedes ver: Art.265 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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