Definición de VIOLENCIA EN EL MATRIMONIO


    Vician el consentimiento matrimonial la violencia, el dolo y el error sobre la identidad del individuo físico o de la persona civil (art. 16 de la Ley de matr. civ.). La nulidad del matrimonio sólo puede ser demandada por el cónyuge que ha sufrido la violencia; pero únicamente por el plazo de 3 días pára el marido, y de 30 para la mujer, desde que haya cesado la fuerza (art. 35).
    La violencia es causa de separación conyugal en la especie dé malos tratos y, expresamente en la de "violencia ejercida por el marido sobre la mujer para obligarla a cambiar * de religión" (art. 105 del Cód. Civ.
    esp.), (v. DIVORCIO, NULIDAD DEL MATRIMONIO.)

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