Definición de VICIOS DEL CONSENTIMIENTO


    En la manifestación o declaración de la voluntad de las parles que se obligan, todo hecho contrario a la libertad y conocimiento con que la declaración debe ser formulada. Para. la validez de cualquier acto o contrato, el consentimiento no debe estar viciado, sino surgir espontáneo y libre.
    Por no ser voluntario se estima defectuoso el consentimiento en que no haya discernimiento, intención ni libertad. Donde exista ignorancia (desconocimiento de lo que se- hace o dice y de sus consecuencias) y error (confusión de personas, conceptos o planteamiento), falta discernimiento o intención, porque se consiente en algo que no se sabe qué es o contrario a lo querido en verdad. Y donde la fuerza física o la amenaza intervienen, el sujeto que consiente no es sino un autómata o una víctima, que no da un consentimiento, 9Íno que se rinde a una causa más poderosa.
    En cualquiera de los supuestos, y si interviene engaño, la equidad, la justicia y la lógica coinciden en que no hay prestación de consentimiento auténtico; y que por lo tanto debe precederse, una vez comprobado el vicio del consentimento, a invalidar el acto o negocio jurídico, en la medida de lo posible y de conformidad también con la actitud de cada una de las partes.
    El Cód. Civ. arg. estima actos ejecutados sin discernimiento los actos lícitos de los menores impúberes, y los ilícitos de los menores de 10 años; como también los actos de los dementes que no sean practicados en intervalos lúcidos y los que de aquellos que, por cualquier accidente, no estén en su uso de razón (art. 921). Se Consideran practicados sin intención los actos debidos a la ignorancia, el error, la fuerza y la intimidación (art. 922).
    Concisamente, el art. 1.265 del Cód. Civ. esp. declara que: "Será nulo el consentimiento prestado por error, violencia, Intimidación o dolo", especies de las que se ocupa en sus ulteriores preceptos.
    Como detalle y complemento de los vicios del consentimiento, v. las voces: AMENAZA, CONSENTIMIENTO, DECLARACIÓN DE VOLUNTAD, DOLO, ERROR y sus clases, FUERZA, INEFICACIA DE LOS CONTRATOS, INTIMIDACIÓN, LOCURA, MIEDO, SIMULACIÓN, VIOLENCIA. (334, 335, 336, 337, 338, 339, 340, 341, 342, 353, 354, 1.470, 2.013.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...