Definición de OBLIGACIÓN NULA


    La que no surte efecto, ya sea por la inexistencia, ilicitud o imposibilidad de su objeto; ya por incapacidad absoluta o relativa de las partes; ya por un vicio fundamental del consentimiento, o por total falta de éste; ya por defecto de forma exigida; ya por falsedad o ilicitud de la causa, (v. NULIDAD DE LAS OBLIGACIONES.)

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