- Su necesidad, como la de casi todas las compilaciones, surgió por la confusión existente sobre múltiples fueros locales en este reino español durante la Reconquista. No logrado el propósito, aunque 9Í sentida la necesidad, por las Cortes de Estella de 1247, el rey Teobaldo I, junto con el obispo de Pamplona y una comisión redactora, compuesta por 10 ricos hombres, 20 caballeros y. 10 clérigos, procedieron a una revisión general de los fueros vigentes, cuyo resultado fué este Fuero General, todavía fuente del Derecho de Navarra (v.e.v.).
Consta este texto legal de seis libros, sin ordenación muy cuidada. El libro I trata del Derecho Político; el II del procedimiento, además de la tutela y las sucesiones; el III del Derecho Canónico, de los señores, de las obligaciones y contratos, de donaciones y testamentos; el IV, del matrimonio; el V, del Derecho Penal; el VI, de la caza y otras materias administrativas, (V. AMEJORAMIENTOS.)
[Inicio] >>

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual