- La naturaleza, índole o clase que la ley o el Derecho de cada país determina o establece para cada individuo según el nacimiento, la familia, la edad y otras circunstancias. Las leyes relativas a la condición legal de las personas obligan a los españoles aunque residan en el extranjero (art. 99 del Cód. Civ. esp.). Dentro de la diversidad legislativa hispánica, el art. 15 del cód. cit. fija las normas para regular la condición legal de las personas entre los territorios de Derecho Común y los de Derecho Foral, con evidente predominio del jas sanguinis y reconocimiento de la opción en caso de dualidad y de los efectos de la vecindad ganada, (v. ESTATUTO PERSONAL.)
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