Definición de BIENES RESERVARLES o RESERVATIVOS


    Son los que ciertas personas tienen la obligación de no enajenar y conservar con diligencia para entregar o transmitir a otra u otras. Generalmente tienen como fundamento la protección de los intereses filiales, por ser los hijos menores o casarse nuevamente el progenitor supór9tite; o para evitar, donde la troncalidad rige, que las propiedades, los inmuebles especialmente, salgan de la familia de donde los bienes proceden.
    El art. 237 del Cód. Civ. arg. dispone que "el viudo que, teniendo hijos del precedente matrimonio, pase a ulteriores nupcias, está obligado a reservar a los hijos del primer matrimonio, o a sus descendientes legítimos, la propiedad de los bienes que por testamento o ab intestato hubiese heredado de alguno de ellos, conservando sólo durante su vida el usufructo de dichos bienes. "Cesa la obligación de la reserva si, al morir el padre o la madre que contrajo segundo matrimonio, no existen hijos ni descendientes legítimos de ellos, aun cuando existan su9 herederos" (art. 238). La Ley de matr. civ. repite tales preceptos en sus arts. 115 y 116.
    El Cód. Civ. esp. establece dos clases de reserva: la originada por las segundas nupcias y la troncal. La primera, análoga a la antes descrita, obliga al cónyuge viudo que contraiga nuevo matrimonio y tenga hijos o descendientes del primero. A favor de éstos deberá reservar "todos los bienes que haya adquirido de su difunto consorte por testamento, por sucesión intestada, donación u otro cualquier título lucrativo; pero no su mitad de gananciales" . (art. 908). La reserva troncal se determina en el art. 811, que dice: "El ascendiente que heredare de su descendiente bienes que éste hubiese adquirido por título lucrativo de otro ascendiente, o de un hermano, se halla obligado a reservar los que hubiere recibido por ministerio de la ley en favor de los parientes que estén dentro, del tercer grado y pertenezcan a la línea de donde loá bienes procedan", (v. RESERVA TRONCAL y VIUDAL; SUCESIÓN DE LOS BIENES RESERVADOS.)

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