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Fallos: 99:432 de la CSJN Argentina - Año: 1904

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E 482 VALLOS DE LA GUPREMA CORTE
E el departamento de policía de la Capital, ú cuyo personal le es tá absolutamente vedado, también con la pena de separación del caryo, aliliarse á ninguna agrupación política ni partici par de ningun movimiento ó propagandas partidistas (v. reper torio de Policia, pág. 25 y 239, órdenes del día de Julio 2) É y Ayosto5 de 1897).

6 Tales precedentes, establecidos en las dos Reparticiones más importantes que dependen del Ministerio del Interior, precisamente, fijan la intención verdadera del Poder Ejecutivo al proponer el art. 10 en los términos en que aparece en la ley, generalicando así aquellas prohibiciones, que vinieron de ese modo ú elevarse á la categoría de delitos para hacerlas más :

eliences.

Esta interpretación armoniza además con los propósitos me nitestados en el Mensaje con que el señor Presidente de | República, sometió el proyecto de ley al Congreso de lu Nación; en los conceptos vertidos por los miembros de mmbas Cámaras que tomaron parte en la discisión dela ley, en general, y con las exigencias de la época preseme, que reclama procedimientos decisivos para asegurar la pureza del sufragio.

Ha sido justamente est° art. 110 el medio escogitado por el legislador para obligar á los empleados públicos que ejercen autoridad, cualquiera que sea la extensión de ésta, ú que no E salzan dela órbita de sus atribuciones, que no se mezclen en los asuntos electorales, que traen consigo upasionamiento ineludible, que no ponga en la balanza de determina la candidatura el peso.de su influencia oficial. Ha querido la ley, en fin. que el voto de un elector no tenga en el momento de la elección ota valla que la que le oponga el voto de otro elector, libremente emitido, á fin de que resulte electo quien sume mayor número de voluntades espontáneas, no quien disponga de mayor número de medios ó agentes oficiales que ciegamente obedezcan sus mandatos.

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Año: 1904, CSJN Fallos: 99:432 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-99/pagina-432

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