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Fallos: 99:424 de la CSJN Argentina - Año: 1904

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E — " FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
Y curso del Sr. Senador Dr. Pellegrini, como miembro informante de las Comisiones de Legislación y Negocios Constitucionales del Senado, tomo respectivo ya citado, página 816.) No tendría objeto alguno vi estaría de acuerdo con las facilidades ofrecidas al acusador en la parte final del artículo 115, si se le hubiese de exigir, como pretende la defensa, que buscase al reo en su domicilio y allí entablase la querella, emelusión que haría dificil ó dispendiosa y ú veces imposi ble la persecución de los delitos electorales.

Habiendo sido cometido el hecho acusado en esta Capital, y estando inscripto el quereilante en este Distrito, según resulta del certificado respectivo que acompañó al escrito de querella, (fs. 3), como del informe del Presidente de la Comisión Inscriptora de la 2 Circunscripción, (fs. 73), resulta maidmisible la excepción de falta de personería en el acusador, y así se declara también.

1" Que entrando al fondo del asunto, el Juzgado encuenwa plenamente probados los hechos en que se funda la acusación.— Resulta que el 25 de Julio del corriente año, varios ciudadanos lanzaron un manifiesto al pueblo de la República, expresaudo la iden de proveer al llamamiento de todos los elementos representativos de la opinión del parís, con el fin de obtener mua fórmula presidencial para el próximo período constitucional Ei 27, las mismas personas aproburon Ins Bases sobre las cuales debería organiza:se una «Convención Electoral de la Nación» destinada ú «recomendar ú los electores de la Nación una fórmula presidencial», (Bases, artículo 1), y en la misma fecha nombraron la Comisión Ejecutiva, eucargada de llevar ú cabo la instalación de la Convención, la cual envió ú cada una de las personas, que según esas Jlases, debían componer la Asamblea, un ejemplar de estos, otro del manifiesto del 25 de Julio y una nota-adhesión ú fin de ser suscrita y devuelta á la «Convención de la Nación», nombró

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Año: 1904, CSJN Fallos: 99:424 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-99/pagina-424

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