vincia, debe condenarse ú esta á pagar el capital adeudado, Los intereses corresponden solamente desde la notificación de la demanda cuando el acreedor rechamo extrajudicialmente de su deudor, muchos años después de la fecha del crédito, únicamente el capital debido, Cuso.- Resulta del siguiente
FALLO DE LA SUPREMA CONTE
Buenos Aires, Junio /S de 1204, Y Vistos:
Resulta de estos autos, que Don Manel Vidal, en representación de Don Antonio Zanotti, interponiendo demanda contra la Provincia de Huenos Aires, expone:
Que en complimiento de la ley Provincial de 18 de Octubre de 1882, el Poder Ejeentivo, por intermedio de la Comisión nombrada al efecto, contrató con su mandante, Don Antonio Zanotti, en 23 de Abril de 1553, las obras de carpintería nevesarias para lu ensa Municipal de La Plata.
Terminada la obra á completa satisfacción de aquél, Zanotti reclamó el pago de lo que se le adeudaba, que ascendía á cuarenta mil setecientos treinta y nueve pesos moneda nacional, en 70 de Noviembre de 1890, presentando una cuenta detaliuda de los trabajos realizados y sis precios, Que reducido el crédito á treinta y seis mil trescientos cinenenta y cuatro pesos moneda nacional, recibió á cuenta cuatro mil pesos, quedando ú su favor un saldo de treinta y dos mil trescientos cincuenta y enatro pesos, que hoy reclama con sus intereses, Que ese crédito ha sido reconocido por todos los Gobiernos que se han sucedido en la Provincia desde 1890 hasta la fecha;
Compartir
68Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1904, CSJN Fallos: 99:366
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-99/pagina-366
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 99 en el número: 366 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos