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Fallos: 99:112 de la CSJN Argentina - Año: 1904

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É FALLO DEL JUEZ FEDERAL DE LA PLATA
E La Plata, Abril 29 de 1900, | Vistos estos autos por servidumbre de tránsito, deducidos por Don Angel R. Ferrando, contra Don Pedro Sansonlet, de los que resulta:

1° Ferrando expuso: Era propietario del predio rústico ó soncesión de terreno de esta, denominada Zu Pampita, y dueño igualmente de otro predio inmediato, denominado Za Zsabel, aún cuando no tiene un título definitivo de este último. Ambos predios están situados con frente ú la margen derecha, aguas abajo del río Pay-Carabi, territorio del Delta del Paranú, y río circulado por multitud de embarcaciones de cabotage y que cuenta con dos vapores, para el servicio diario de pasageros y cargas, con los puertos del Tigre y San Fernando.

2 En La Isabel tenía el establecimiento principal, animales para la labranza, herramientas, máquinas de agricultura, útiles, etc., para las necesidades agrículas de cada uno de los predios. No disponía de otra comunicación terrestre, que la que como servidumbre pública, impone á todo propietario ribereño el artículo 2039, Código Civil. , Se vé impedido de usar tal servidumbre, debido á que su vecino Pedro Sansoulet, que se interpone con otro predio, tiene ocupada la parte que á éste corresponde con plantaciones y obsta.

culizada con distitas zanjas de desngle, dejadus al descubierto de uno, dos y hasta cuatro metros de ancho, que la atraviesan interceptando totalmente el libre tránsito.

3' Había puesto en juego todo género de g"stiunes amigubles para que su vecino hiciera la construcción de alcantarillas ó de simples puentes rústicos suficientemente resistentes al peso de vehículos y cabalgaduras, sobre esas zanjas, para

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Año: 1904, CSJN Fallos: 99:112 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-99/pagina-112

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