Sumario:—El Juez competente para conocer de una sucesión concursada, es el del lugar del último domicilio del dirunto.
Cuso.— Resulta de las siguientes piezas:
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
En el juicio de concurso civil de acreedores promovido por
D. Emilio Cecchini ante el Juzgado en lo civil de la Capital, á
cargo del doctor Ponce y Gomez, uo se han producido pruebas que demuestren de una manera evidente, que el domicilio real y permanente del concursado fuese en esta capital.
La jurisdicción sostenida por el referido magistrado en el auto cuyo testimonio corre ú fs. 42, del expediente núm, 1690, caratulado «Cecchini don Emilio su concurso, se funda en primer lugar en que, en el poder que otorgú el mencionado Ceecchini para iniciar su concurso civil ante el Juez de la Capital Federal. que corre a fs. 1, aparece el concursado domiciliado en la calle Cuyo núm. 1301; y por vtra parte en mérito de que, tal juicio se ha iniciado ante él, con anterioridad de veinte y siete días ú la fecha del 31 de Mayo de 1901 en que se inició el mismo juicio de concurso ante el señor Juez de lo civil de la Provincia de Buenos Aires doctor Aguilar.
Pero de las actuaciones y probanzas producidas enel expediente núm. 1102, sobre concurso civil del referido don Emilio Cecehini, iniciado ante el Juez de lo civil de la Provincia de Huenos Aires doctor Aguilar, resulta demostrado, que el concursado tenía su dominio real y estable en San Fernando cille Las Heras núm. 40, desde antes de iniciar su concurso ante el Juez de la Capital doctor Ponce y Conez y hasta la
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Año: 1903, CSJN Fallos: 98:151
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