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Fallos: 97:336 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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en cuya operación se coloraron los mojones ú cinenenta me tros del alambrado que existia y que figura enel plano del camine: que el alumbrado estaba ú veinte y cineo metros del límite de Ruiz y Guribotto, de manera que el emmrino tom, en cierto trazo, veinte y cinco metros de st mmeho 2 emba mio de los colindantes, h) Que el puente construido sobre la Camila de la Cruz, es tá nbicado en el eje mismo del exmino y queda enel destinde de ambas propiedados, e) Que el enmino har sido estindiado y trazado, más ó me hos, en la forma en que se hallaba establecido, emunido se praeDo. tieó esn operación, la que Mé aprobada con el trazado de todos los caminos de la Sección norte de la Provineia por deere de primero de Diciembre de 1597, sin que luiz habicse protestado de ello ante el Poder Ejecntivo, bajo enya juris dieción se hullan todos los caminos de la Provincia.

1) Que enel miso informe consta tanbien, «que el antiga paso de la Cañada de la Cruz ha venido 3 quedar ni lindo del puente construido en 1507 Tratando en seguida el apoderado de la Provincia del dere eho que, úá st juicio, rige el caso de ha demanda, cita, las dis" posiciones de la) Constitución Nacional y del Cod. Civil, referentes al derecho de propiedad, dejando que este derecho, a pesar de estar garantizado por la Constitución y repetido en el Cód. Civil, tiene como todos los derechos sis límites im puestos por razones de interés público, y están regidos porel derecho administeativo, según lo preseribe el arto 26E1 del Cód. Civil.

Que en presencia de las disposiciones lezales que mencion:

y de la jurisprudencia establecida por Ia Suprema Corte en la resolución que se contiene eu el Tomo $5 pás, 277 de ss fallos, lo que resta averiguar es, si enel enso stb-judico las disposiciones del derecho administrativo, apliendas por el Po

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Año: 1902, CSJN Fallos: 97:336 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-97/pagina-336

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