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Fallos: 97:329 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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Que nereditada la competencia de esta Corte y corrido tras.

lado de la demanda, Don Francisco Mas pide ser nbsuelto en todas sus partes de aquella, eonorostas, por ser Falsos los hechos eonsigmalos por el demndante, pres la eseritara «que acompaña mo correspomde ni se refiere al terreno que el me tor pretende reivimdienr situndo enla Chinearita, Que el actor inventa pera sm título Límites que mo le msigma la escritura menciona, :

Que en la hipótesis de que diehia eseritura se refiviese al terreno de su propiedad, nieza en absoluto que el General Don Amrel Paleo, Dor Poems Tiocacro y el senor lsayenn te mido jamás la posesión del terreno imlmibido, porque iepueili eleseles Ciego Conimersararical, La haser tesateler sis causantes señores Blanco y D. Eladio Alvarez Centeno tomo judicialmente tam bien esa posesión sin oposición sbzuma ee mmudie, Que el General Don Angel Pacheso nunei Mae propietario del terreno ni tuvo título para transferir 3 Doa Lueas Mo > mero si dominio y posesión, Que opone la preseripció.n treimteim aria, «que se Datric enpperado á su favor, tulendo Á st actual posesión evelmsiva y pueíliea, la de sus cmmsa-habientes señores Bianco y Cra temo.

Que posteriormente ha invocado tanbien li prescripción de más de emarenta ios CES. 255), Que recibida la entsa a prueba se ha protucido de parte del actor la que corre á Es. SI 0; de parte del deman.

dado la de 15. 194 51, 61 61, 70473, y la pericial de fs, si á loz, Y Considerando:

Que según resulta de la teranseripción hecha por ei perito Don Joaquín Sirven (Fs. 195 vta.) de mu mota mewginal «ue Heva la feha de octubre 14 de 1559, presta en la eseritura de venta otorgada por el Gobernador de Buenos Aires en 23

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Año: 1902, CSJN Fallos: 97:329 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-97/pagina-329

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