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Fallos: 97:327 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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y Md — — DE JUNTICIA NACIONAL 327 petente para eonocer en el juicio testamentario, Junio 27 de 190, Sabinieno Kier,
FALLO DE LA SUPREMA CONTE
Muens Aires, Julio 14 de Tu, Vistos: no siendo prorrogable la jurisdicción de un territorio ú de una provincia ó la de otra provincia » territorio, y de acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, se declara que el Juez competente para entender en esta enusa es el Juez Letrado de la Pampa Central; en consecuencia remítansele estas actuaciones, y hágase saber por oficio esta resolución al Juez de lo Civil de la Capital De. Romero, - Noti= fíquese original y repóngase el papel.

Ant. Bazás.—Ocravio Brsok.— Nicasor G. DEL Sonar, -M. P Danacr.—A, Denueso,

CAUSA XNELVI
Provincia de Buenos Aires contra Don Francise, Mus, 80 bre reivindicación de un terreno.

Sumario.—1 las tribunales federales deben ajustar prefe

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Año: 1902, CSJN Fallos: 97:327 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-97/pagina-327

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