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Fallos: 96:332 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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de 1879, respectivamente, para la resolución correspondiente, presentándose con tal motivie por la Comisión de Legislación el 24 de Octubre de 1891, el pooyecto de ley y dictamen de fs. 92 y fs. 93, en cuyo estado quedó paralizada la tramitación de estos reclamos, El actor hace mérito de estos antecedentes y los reproduce en su escrito de demanda de fs. 17, dirigida ú obtener la devolución de las cantidades expresaulas con los intereses capitalizados en la forma y condiciones aconsejadas por la comisión de Legislación de la Cámara de Diputados, de que se ha hecho mención y las costas del juicio, Corrido traslado de esta demanda y no habiéndose contestade no obstante la citación que fué hecha al respecto, se declaró rebelde ú la provincia demandada y decsaido el derecho de que había dejado de usar, por la resolución de fr. 65 vta, pro nunciada el 30 de Julio del año próximo pasado, En este estado comparece al juicio el representante nom brado por el Gobierno de Corrientes, el que después de ser tenido por parte, opone la prescripción, sosteniendo que ésta se ha operado respecto del crédito cuestionado por haber transeureido más de 25 años desde que tnvieron lugar los hechos en que se funda la demanda, 1965 hasta el 17 de Marzo de 18:12 en que fué promovida, sin que pueda favorecer al actor el tiempo durante el que se ha tramitado ante el Gobierdo la gestión administrativa, porque ésta no ha incerrumpido la prescripción que opone coa arreglo ú la ley. Sustanciada esta excepción y después de producidas las pruebas ofrecidas en la estación oportuna y de agregados los alegatos presentados por las partes sobre su mérito, se llamó nutos para sente: zi.

Y Considerando: Que la personería del celente cono hijo lezítimo de los cónyuges Sinforoso é Hilariona Cáceres, así eomo la de esta última, ha sido expresamente reconocida por el Gohierno de Corrientes en el expediente seguido aate el

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Año: 1902, CSJN Fallos: 96:332 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-96/pagina-332

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