Tribunal, se declara bien denegado el recurso, Notifíquese con el original y archivese, BExdamis Paz. —Anes Dazás —OeTavIo BessE.—Nicaxolt GU. DEL Sutan.—M. P. Danacr,
CAUSA CULNNXIX
Vicente Ramos contra Josí Leys, por defrandación: sobre reenrso extraordinario, Sumario: No habiéndose puesto en enestión en el pleito alanno de los casos prévistos por el art. 11 de In ley de jurisdieción y competencia, dando lugar á que recaiga pronunciamiento en las condiciones que él expresa, hace improcedente el recurso que dicho artículo autoriza, Las alegaciones posteriores al fallo no puelen fundarlo, Cuso: —Result. del
FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
Buenos, Aires Vetubre 50 de 1902.
Autos y Vistos:
Resultando de la propia exposición de la parte, que se trata de un caso regido por el Código Penal y lu ley procesal res
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Año: 1902, CSJN Fallos: 96:327
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