CAUSA CCLXXXII
La Legación de Ltalia contra Juan, Enrique, Adriano y Feliciano Panza; sobre extradición Sumario.— Introducido el pedido de extradición por la Leza ción del Reino de Ltalia con los recaudos del art. 12 del tratado vigente entre la República Argentina y aquel Reino, la extradición procede, y ella debe ser acordada sin otras res tricciones que las que el mismo tratado contiene, Caso.—Resulta de las siguientes piezas:
FALLO DEL JUEZ FEDERAL DE LA PLATA
La Plata, mayo 30 de 1902.
Vistos estos autos deducidos por la Legación de Italia, pidiendo la extradición de los individuos Juan, Enrique, Adriano, Feliciano y Rodolfo Panza, acusados del delito de quiebra frau dulenta, de los que resulta:
Primero: — Que la Legación de lltalia en esta República se divigióal Ministro de Relaciones Exteriores con fecha cines de abril del corriente año, acompañando con el objeto de solicitar la extradición de los sujetos mencionados, los siguientes documentos: 1". Copia del mandato de prisión; 2. Disposiciones de las leyes italianas, en copia, aplicables al caso de quie bra fraudulenta, y +. Filiación de los requeridos.
Segundo: Que en curaplimiento de la órden de prisión emanada del infrascripto, fueron habidos y puestos á su disposición »
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Año: 1902, CSJN Fallos: 96:305
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