115 FALLOS DE La SUPREMA CORTE
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Sup.ema Corte:
El recurso traido á V. E., está antorizado enel caso, pues el auto recurrido deniega el fuero federal, siendo por ello la decisión contraria ú la ley especial del Congreso que determina la procedencia de la jurisdieción nacional. Correspondería, entonces, á V. E. el conocimiento del recurso otorgado para ante V. E. fs, 77 via. con sujección á lo dispuesto en el art, 14 ine, 3 de la ley nacional de 1i de Setiembre de 1863.
En cuanto al fondo de la cuestión, encuentro legales las consideraciones en que se funda el anto recurrido.
Según la expresión de la demanda á fs. 8. no se trata ahora de una expropiación para poder ntilizar la propiedad privada en beneficio de una obra proy ectada con propósitos de utilidad pública.
El terreno en cuestión lo posee la empresa demandada desde el año 59, y la demanda no requiere sino la reivindicación, y si fuera posible, al menos la indemnización y los daños y perjuicios sufridos, Tal enestión, como lo establece la Exma. Cámara úá quese relaciona con las disposiciones del C. C. que rigen el dere:ho común de los intereses privados. En su mérito, pienso que corresponde la confirmación del anto recurrido, Amato 2 de 1:01 , Sabinimno Kier.
FALLO DE LA SUPREMA CONTE
Taenos Aires, septiembre 20 de 102.
Vistos y considerando: Que el Ferro-carril demandado funda la escepción de incompetencia poniendo en cuestión los derechos que pretende tener derivados de las leyes especiales del
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Año: 1902, CSJN Fallos: 96:146
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