r 222 , FALLOS DK LA SUPREMA CORTE fla Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, de que se recurre, no contiene desconocimiento de ningún derecno fundado en la Constitución Nacional ó en leyes de carácter nacional, habiéndose limitado tan solo, según resulta de la propia exposición de la parte, ú desechar el recurso que le fué llevado contra la resolución de la % Cámara de Apelaciones, aplicando é interpretando las leyes de procedimientos de la Provincia.
Que la aplicación é interpretación de dichas leyes, que son de orden local, no puede fundar el recurso autorizado por el artículo 11 de Ia ley de jurisdicción y competencia de los Tribunales Nacionz.es, como lo tiene declarado esta Suprema Corte en numerosos fallos.
Por esto: no ha Jugar al recurso interpuesto. Notifíquese original y repuesto el papel, archívese, AneL Bazás. — Nicaxon 5. DEL Sorar. — M. P. Danser,
CAUSA VII
El Ferro-Carril del Sud en autos con Dona Cármen Puig de Mirheo, sobre expropiación; recurso de hecho Sumario —El término para interponer el recurso de apelación para ante la Suprema Corte de Ins resoluciones de los Tribus nales Superiores de Provincia, que autoriza el artículo 14
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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:242
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