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Fallos: 93:329 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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FALLO DEL JUEZ FEDERAL ,
La Plata, septiembre 22 de 1900. f Vistos: Estos antos promovidos por la compañía del Ferrocarril de Buenos Aires y Rosario contra la municipalidad de San Pedro, por interdieto de obra mueva y despojo, andando la acción en lo signiente:

1 Que la municipalidad de San Pedro, invocando derechos que no tiene y una resolución del gobierno de la provincia, lus procedido, con fecha 27 de enero de 1595, á cortar el alimbrado del terreno donde se halla establecida la línea férrea, á la altura del kilómetro 175, no obstante la protesta consiguiente de los empleados de la: compañía, cone objeto de construir un paso á nivel en aquel punto.

2 Que este hecho importa una violación de los legítimos derechos de la empresa y de diversas disposiciones expresas de la ley de ferrocarriles, 3° Que en enmplimiento de la ley nacional de ferrocarriles, la empresa mantenía alambrado el terreno de su propiedad, donde se hallan las vías, alambrado que ha sido destruido por la municipalidad de San Pedro, por medio de la fuerza pública, despojando así, violentamente, á la compañía del terreno poseído legítimamente por ella, en el cual se han comenzado los trabajos necesarios para construir el paso á nivel. :

1" Que la municipalidad inició gestiones hace algún tiempo, con el propósito de que la empresa construyese diversos pasos á nivel en la sección de la vía comprendida en el partido de San Pedro, á lo que se contestó con fecha 24 de enero de 1596, ma— nifestando que sin autorización previa del gobierno nacional é intervención de la dirección de ferrocarriles nacionales no poca

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Año: 1901, CSJN Fallos: 93:329 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-93/pagina-329

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