328 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Por esto se declara mal concedido el recurso, Notifíquese con el original y repuestos los sellos, devnélvanse.
DENJAMÍN PAZ. — ABEL DAZán. —
NICANOR (5. DEL SOLAR, — M, DP.
DaRract,
CAUSA XD
El Ferrocarril de Buenos Aires y Rosario contra la municipalidad de San Pedro : sobre interdicto, posexión y daños y perjuicios Sumario.— 1 En lo concerniente ú ferrocarriles. nacionales, es álas autoridades federales y 10 ú las provinciales que por ley del Congreso corresponde la inspección ¿ubernativa y la judicial.
2 Procede la acción posesoria deducida por el ferrocarril contra una municipalidad de provincia, por apertura violenta de una cerea, aunque haya sido á fin de construir un paso ánivel, 3 La municipalidad no está obligada á la indemnización de daños, pero debe restituir el inmueble con todos sus accesorios, y restablecer las cosas á su estado anterior, Caso. — Lo indica el siguiente
Compartir
72Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1901, CSJN Fallos: 93:328
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-93/pagina-328
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 93 en el número: 328 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos