DE JUSTICIA NACIONAL 231 1
CAUSA CDLXXV
Don Juan H. Traverso, sobre ercepción del servicio militar | Sumario. — Si de la prueba producida no resulta que el padre del recurrente es inhábil para el trabajo, no procede la excepción del servicio militar pedida por esa causa, Caso. — Lo indiea el siguiente
FALLO DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, abril 11 de 1901, Y vistos: Para resolver estos autos seguidos por don Juan H. Traverso, apelando de una resolación de la junta de excepciones, Y considerando : Que la excepción solicitada por el recurrente se funda en que es hijo de padre impedido para el trabajo, y que es él quien atiende á su subsistencia por carecer de bienes de fortuna. Como prueba de la causal invocada, acompañó á la junta de excepciones el certificado de foja 3, subscripto por los doctores Floreto y Milone, y con el conforme del doctor D. Damianovieh, miembro de la referida junta.
Que atento el fundamento de la excepción, se ordenó por au
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Año: 1901, CSJN Fallos: 93:231
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-93/pagina-231
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