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Fallos: 92:399 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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menos de los que no intervinieron en_- forma obligatoria, Me retiero en ello ú la intervención del agente fiscal que no es repre sentante del poder ejeentivo de la nación, que no prrede sust mir la defensa de sus derechos y menos ante juez que no es juez en las estisas en que se ventile el dominio fiseal y que no ha podido ni ha querido por ello asumir tal representación, Timitando su intervención 4 lo que es de práctica en los juicios ordinarios y de jurisdieción común y vigilar la observancia de los procedimientos legales, en representación de la vindieta pública, Si el título de propiedad de don Mateo Reid, antecesor del señor Viso, lo podra determinarse en sti lines al este, dentro del Rio de la Plata, tampoco podía, ultrapasando las zanjas con que tantos años había estado determinado, posar la Times de has altas mareas ordinarias y la enota fijada al respecto, previos los estudios técnicos á que hace referencia el decreto gubernativo, de 31 de mayo de 1595. La mensura que se aprobase al respecto, en enanto ha lugar por derecho, lo era sin perjuicio de tereeros, según doctrina uniforme y la jurispridencia de V, E.

La mensura de 15857, aprobada contra la expresión del título de propiedad, sin intervención de un representante del poder ejeentivo de la nación y por un juez de la Capital, esrecía de todo efecto contra la nación, Es el fuero federal, ejercido por los jueces nacionales el que únicamente procede en los astintos en que la nación sea parte ó sus intereses se controviertan, según el artíenlo 100 de la Constitución, el artículo 2 de la ley sobre jurisdicción de los tribunales federales, y el 111 de Ta ley de organización de los tribunales de la Capital, Careciendo por todo ello de efecto legal para vulnerar el dominio de la ma ción, no obstante sus concesiones en enanto haya Ingar por de recho, dejaba en pie el título de Reid, abrazando sólo Ta extención comprendida dentro de las zanjas, que determinaban el límite de la propiedad desde muehos años atrás, y Ta mensura de Lineh que demarcó aquellos límites al este por una zanja pró

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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:399 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-92/pagina-399

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