16 38 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE E 2" Si la rectificación y la denuncia aparecen hechas el mismo ñ día, sin constancia de la hora de su presentación, ebe resolverse en favor de la absolución.
Caxo. — Lo indica la siguiente
RESOLUCIÓN DEL MINISTERIO DE HACIENDA
Buenos Aires, abril 25 de 18595, Traido á la consideración de este ministerio el presente asin to por el administrador de rentas de La Plita, con motivo del fallo absolutorio que ha proninciado en 16 de noviembre de IS, en el sumario levantado en virtud del parte del vista de esa aduana señor Odilón Correa, dando cuenta de encontrarse A bordo del vapor alemán Athew, sin manifestar, sesenta y cinco fardos de tabaco, Y resultando: 17 Que al formalizar si entrada emmess ¡elumma el citado vapor no hizo constar en los documentos respectivos la existencia 4 str bordo de dichos fardos de tabaco.
27 Que en el mismo día en que el vista dió cuenta del hecho, los agentes señores Ariza y compañía, solicitaron adicionar el manifiesto de entrada con los fardos de tabaco, manifestándolos en tránsito de Rio Grande para Amberes, solicitud que, después de diligenciada, no se decretó por la aduana y donde el vista que paso el parte hace notar la circunstancia de buber puesto ya en conocimiento del administrador sa existencia á bordo, 47 Que Iemado á declarar e) agente, se manifiesta en un sentido dlubitativo, respecto de la constancia en los libros del vapor y manifiesto de entrada del tabaco en enestión,
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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:38
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