346 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE 474.168,60 pesos moneda nacional á título de pago por consignación hecho por los señores Sepp hermanos y compañía y etiya consignación ha sido desestimada por el juez doctor Urdinareain y confirmado su fallo por la Suprema Corte, vengo á pedir á V. 8. se sirva dictar mandamiento de embargo preventivo de esta última suma referida, por los documentos acompañados, > documentos públicos y estar el eso comprendido dentra del ar tíenlo 445, inciso 15, Código de Procedimientos de la Capital, incorporado 4 la legislación federal por ley de agosto 3 de 1596, A objeto de hacer efectivo inmediatamente el embargo solieitado, sirvase V. S. librar el correspondiente oficio al Baneo de la Nación. Es justicia, ete.
Otrost digo : Que V. S, se ha de servir tener presente que este embargo no obsta á las ampliaciones a que hubiere Jugar oportanamente, »J. Botet.
AUTO DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, octubre 5 de 1599, Por presentado, conlos docenmentos acompañados, bajo la responsabilidad del iseo nacional, que se tendra por aceptada con la notificación del señor procurador fiscal, trábese el embargo poeventivo requerido en los fondos depositados en el Banco de la Nación Argentina por los señores Sepp hermanos y compi ñía en el expediente sobre consignación, librándose al efecto el oficio necesario. Al otrosí, téngase presente, Urdinarrain.
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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:346
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