DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, agosto 21 ee 153151, Suprema Corte:
Los fandamentos de la resolución recurrida corriente á foja 25. justifican de acuerdo con la disposición del artíento 10, inviso 4, del Codigo Civil y la jurisprideneia invocada, la proce dencia de la jnrisdieción federal territorial, que es en el censo «nb-judice la del señor juez de la sección de San Luis, Pido ú V, E, se sirva asi declararlo, Sabiniano Kier.
FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, noviembre 2 de 1901, Vistos : Con arreglo á lo dispuesto en la ley tres, título quinee, partida séptima, á la jurispredencia establecida en su mérito por esta Suprema Corte, de acuerdo con lo pedido por el señor procurador general y fundamentos concordantes del auto apelado de foja veintiocho se confirma éste, con costas, Notifiquese con el original y repuestos los sellos devnélvanse, | Tn ABEL DAZán, — Octavio BUNGE, —
NICANOR G, DEL SOLAR. — MAURI
cio P. DAracT,
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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:197
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-92/pagina-197
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