200 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE probación sólo puede hacerse en el establecimiento mismo, no es procedente en cuanto se pretende recabar declaraciones que deben ser presentadas con las solemnidades y requisitos que exige el artículo 120 de la ley de procedimientos federales, « 3 Que respecto ú la forma en que deben ser examinados los testigos á que se retieren los pedidos 3, 1:37 y 20 el juzgado ha entendido al fijar las sndiencias respectivas, que en ese acto deben observarse las formalidades que preseribe terminar temente la Jey, de modo que la citación de aquéllos no implica acordar ni aceptar otras formas para sit examen que las que ne vesariamente surgen de st propio texto.
« Por estas consideraciones y las que se expresan en el escrito de foja 45, se resnelve:
« 15 Que el actuario prietique la compulsa de los Tibros solieitados, « Y Que el actor presente previamente la lista de testigos con los requisitos que preseribe el artiento 120, 4 efecto de designar la audiencia en que han de ser examinados, « 3 Que se tenga por resolución lo decretado, á fuja 43 vuel 1a, con las modificaciones que se expresan en los artículos precedentes, « Y para resolver sobre la revocatoria pedida en el escrito de faja 57, certifique el actuario, sin más trámite, como está orde nado á foja 61: fecho, vuelva. Reponganse las fojas, — 4. Uy dinarrain ».
El 109 de agosto presentó escrito el representante de a empresa, diciendo: Que de conformidad al derecho conferido por el articulo 3962 del Código Civil, venía á deducir en tiempo y forma la excepción de preseripción para que se tenga presente al fallar esta emtsi, Se proveyó de conformidad, y en seguida se dictó el auto signiente:
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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:200
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