Interrogudo el mismo Dellorfano sobre la procedencia de ese dinero, A expresa ú fuja 5 que esos billetes no son de su propiedad y sí de uma :
persona á quien conoce por haberla visto dos ó tres veces, y que los dejó .
dentro de sa baúl: ignora el nombre de la persona y da str filiación y E agrega que en el tren en el emal stbió el declarante en Babia Mames, de f regreso ú loca, subió también en la estación Cuatreros el sujeto sí que se + retiere, Hevando consigo una pequeña bolsa, y que conocía á ese sijjeto 4 por haberlo visto dos ú tres veces emando paseaba en Había Blanes, .
Que hicieron juntos el viaje á Río Negro y como el declarante le había 3 noticiado su domicilio. el sujeto fué el misime ela elominaro, como sí las + mueve y media de la mañana, en rirenustancia que el declarante tenía E abierta la puerta de st habitación y se ornpaha de arreglar la Top que :
había etste hard, y el sijete le púdió permiso para ¿mardar en sit tewil no 4 pequeño paquete que traíz envuelto al parecer en mi prañiedo resctlo y E que al principio se negó Úlo solicitado, pero como el sujeto insistier, di- E ciéndole que eran certificados de caballos, concluyó por acerder si pres E tensión, ignorado que dicho envoltorio contuviera billetes falsos, y que el 4 paquete lo tomó etr sta matias y lo dejó en el baúl, y que también dejó el referido sujeto en la habitación mia pequeña boli, retirándose en segnida hacia el paeble nuevo.
Presentándole 4 Uellorfamo un individuo que dijo ser Salvador Pervgri- , no, reconoció en éste al sujeto que le entregó el envoltorio con los hille- L tes falees y le dejó na bolsa en sa habitación, j | Recibidole declaración al procesado Peregrino, niega tales hechos, con- | fesamdo que hizo el viaje del tren que narra Dellorfano, pero que lo tomó " en la estación Balbín Blanes y afirmándose exda o en ss respeetivias A declaraciones en el arto del eareo que tavo Ingará foja 11, :
A foja 20 se da enenta de que Peregrino ha fugado de la comisaría en N
Roca, por lo que en enmplimiento de lo ordenado 4 foja 30 vmelta, se pre | Hicaron los edictos prevenidos en el artículo 149 del Código de Prove- | dimientos, informíndose por el netuario negativamente sobre sti resultado, dí foja 38, Cerrado el sumario, el fiseal 4 foja 54 presenta su sensación, pidiende que se condene 4 Luís Dellorfano d sufrir la pemade dos años de trahajos forzados y al pago de la nmita ee 4500 pesos fuertes y costas, y Presentada la defensa, ú foja 55 vuelta, y recibida la ennsa á prieba, ú ; foja 56 vuelta, el actuario certifica no haberse producido ninguna, con-lo que se celebró el informe ón roce, quedando la cansa en estado de sentencia, El juzgado para mejor proveer, ordenó á foja 56 que los billetes referentes ú esta entisa Mesen reconocidos en la Caja de Conversión, habién- y tlose informulo por su presidente que aquellos son falsos (faja 5). | Y considerando : Que se encuentra suficientemente justificado por Las constancias de la enusa la perpetración del delito que motivó su formación y que ene hajo la sanción de la disposición del artículo 62 de la ley de 14 de septiembre de 1863, El procesado declara ser él quien cirenló los billetes falsos, así como que estaban dentro de su baúl los demís de la mixmo especie, que le Meron secnestrados, y aut cuando su confesión re- 1 sultase eslificada, las presunciones en este juicio rennen las comdiciones |
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Año: 1901, CSJN Fallos: 91:99
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