CAUSA CXXIX.
D. Pablo Fernandez contra D. Eugenio Codazzi por daño y perjuicios.
Sumario.— 1» Las acusaciones y denuncias declaradas calumniosas por sentencia ejecutoriada, son castigadas con las penas de los testigos falsos.
2" Para que una acusacion ó denuncia sea calumuiosa es menester que resulte probado que el que la hizo procedió con malicia.
Caso.— En 21 de Noviembre de 1868, D. Eugenio Codazzi, italiano, denunció ante el Administrador de Rentas Nacionales de Goya, al Receptor de la Esquina, D. Pablo A. Fernandez, de haber falsificado la firma del Comisario del vapor « Taragui » en un manifiesto.
El Administrador mandó levantar el correspondiente sumario, y en él Codazzi, despues de ratificarse en su denuncia, agregó que la firma en una letra de Aduana que aparecia firmada por Juan B. Elena, era falsificada por Fernandez.
Esta denuncia dió orígen á un juicio criminal contra Fernandez, que fué constituido en prision.
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Año: 1870, CSJN Fallos: 9:503
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